Órganos de Gobierno y sus respectivas funciones (incluidos, en su caso, Juntas de Distrito o Barrios)

ALCALDE

La Alcaldía-Presidencia dirige el Gobierno y la Administración Municipal. Representa al Ayuntamiento y es responsable de la relación con los portavoces y las portavoces de los todos los grupos políticos que componen el Pleno de la Ciudad de Sanlúcar la Mayor.

Además de las competencias conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (ver más...), tiene como misión principal el impulso, seguimiento, y evaluación de todos los proyectos y acciones municipales, tanto en lo relativo a los diferentes servicios municipales como con otras administraciones públicas.

Corresponde la gestión de los siguientes departamentos y servicios municipales así como de las unidades y secciones de gestión que en cada caso los compongan:

  • Departamento de Secretaría de Alcaldía.
  • Departamento de Secretaría General.
  • Departamento de Vicesecretaría General.
 

PLENO

Sus funciones están establecidas en el artículo 22 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (ver más...).

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Sus funciones están establecidas en el artículo 23 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local

TENIENTES DE ALCALDE

Sus funciones están establecidas en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

DELEGADOS Y DELEGADAS MUNICIPALES

Sus funciones están establecidas en el artículo 23.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en el Decreto de Alcaldía 464/15